En los debates electorales estarán obligadas a concurrir las fuerzas políticas que compiten en esos comicios
Reforma de la ley electoral para que sea obligatorio al menos un debate en medios públicos
En los debates electorales estarán obligadas a concurrir las fuerzas políticas que compiten en esos comicios
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) para que sea obligatorio celebrar al menos un debate en los medios de comunicación públicos durante cada campaña electoral.
Según ha anunciado la portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se ha aprobado un anteproyecto elaborado por el Ministerio del Interior para reformar la ley electoral con ese objetivo y también para que las encuestas publicadas durante el periodo de campaña electoral den acceso a los ficheros de microdatos, publica EFE.
Alegría ha explicado que esta decisión se engloba dentro del cumplimiento del 'Plan de acción por la democracia' del Ejecutivo y es "un ejercicio de transparencia" por parte del mismo.
Según añade un comunicado del Ministerio del Interior, en los debates electorales estarán obligadas a concurrir las fuerzas políticas que compiten en esos comicios, salvo causa justificada que sea aceptada por la Junta Electoral competente.
La reforma fija la participación de todos los candidatos de las formaciones políticas que obtuvieron representación en las anteriores elecciones equivalentes y abre la posibilidad a que intervengan representantes de "grupos políticos significativos".
Bajo esta denominación se englobarían formaciones que, aunque no concurrieron en los comicios anteriores equivalentes, en posteriores elecciones en el ámbito territorial del medio de difusión público de que se trate, hayan obtenido al menos un 5 % de los votos.
La obligatoriedad aprobada este miércoles por el Gobierno no regirá para los medios de titularidad privada, pero deberán respetar los mismos principios que los medios públicos y que fija la ley electoral: pluralismo político, neutralidad informativa, igualdad y proporcionalidad.
Sobre la difusión de sondeos y encuestas durante los periodos electorales, Interior recuerda que la legislación vigente establece que deben ir acompañadas de una ficha que especifique la entidad que realiza el trabajo demoscópico, las características técnicas del sondeo, el texto íntegro de las cuestiones planteadas y el número de personas que han contestado a cada una de ellas.
El anteproyecto añade la obligación de dar publicidad también a los ficheros de microdatos, que son los datos individuales de una estadística y que deberán difundirse anonimizados con el fin de preservar la confidencialidad de la información.
"Acceder en abierto a los datos individuales, anonimizados, permite garantizar la fiabilidad de una encuesta y facilita a la ciudadanía y a las entidades, públicas o privadas, comprobar los resultados del sondeo y extraer sus propias estimaciones", explica, en declaraciones publicadas por EFE.
En la rueda de prensa, preguntada por una información publicada sobre una posible reforma de la LOREG para rebajar la edad de votación a los 16 años, la portavoz del Gobierno ha dicho que el asunto no ha sido tratado por ningún órgano colegiado del Consejo de Ministros.
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