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Castilla y León incentivará el acogimiento familiar de menores con ayudas económicas
Las ayudas no computarán al efecto de obtención de cualquier ayuda pública y que no podrá ser embargados
Castilla y León potenciará el acogimiento familiar de menores con incentivos económicos que no computarán al efecto de obtención de cualquier ayuda pública y que no podrá ser embargados según recoge el borrador del anteproyecto de la nueva ley de la infancia y adolescencia de la Comunidad, que cuelga en el portal de Gobierno Abierto para recibir sugerencias.
El borrador recoge que esos acogedores familiares "podrán percibir una compensación económica por los gastos de manutención de la persona menor y otros gastos extraordinarios que se generen durante el acogimiento, en la cuantía y con los requisitos que se determinen reglamentariamente".
El texto también incide en que se "impulsarán campañas de sensibilización desde la Administración de la Comunidad Autónoma para fomentar el acogimiento familiar y así evitar la institucionalización de las personas menores de edad".
Y "se dará prioridad a la promoción del acogimiento de las personas menores con menos posibilidades de ser acogidas, por su edad, discapacidad u otras circunstancias especiales".
El borrador incorpora un apartado dedicado a la preparación para la vida independiente, que comenzará a los 14 años para favorecer su proceso de maduración y autonomía.
En el caso de que los menores tengan algún grado de discapacidad, la norma garantiza todos los recursos necesarios para que esa transición se complete en igualdad de oportunidades.
La propuesta normativa aborda además la guarda con fines de adopción para que el niño o adolescente no tenga que permanecer en un centro o conviviendo con una familia distinta mientras recae la resolución judicial mediante la que se autoriza la adopción.
Y se establece el concepto de 'adopción abierta', a través de la que se buscan alternativas consensuadas, familiares y permanentes para dotar de estabilidad familiar a los menores.
Se entiende por adopción abierta aquélla en la que se mantiene alguna forma de relación o contacto entre la persona adoptada y algún miembro o varios de su familia biológica sin conservarse, por ello, la relación de parentesco.
El borrador de la nueva ley de infancia de la Comunidad, que prevé sustituir a la que lleva operativa durante más de dos décadas en Castilla y León también recoge que los menores "tienen derecho a su identidad de género y a la expresión de su orientación sexual, sin ninguna discriminación".
Y "las Administraciones Públicas de Castilla y León adoptarán las medidas necesarias para garantizar el derecho de las personas menores al reconocimiento de su identidad de género y al libre desarrollo de su personalidad acorde con la misma, de conformidad con la normativa vigente", de acuerdo al texto recogido por EFE.
En cuanto al acogimiento familiar, se plantea uno de urgencia, que no podrá ser superior a seis meses y es la modalidad preferente para menores de seis años mientras se decide la medida de protección que corresponda.
El acogimiento familiar temporal, que no podrá ser superior a dos años, salvo que el interés superior de la persona menor aconseje una prórroga por la previsible e inmediata reintegración familiar del menor o por la adopción de otra medida de protección definitiva.
"Esta prórroga, salvo situaciones debidamente motivadas, no será superior a seis meses", ya que se plantea como una modalidad transitoria que procede en los casos en que existe un pronóstico de reintegración familiar o en tanto se adopta una medida de protección de carácter estable como el acogimiento familiar permanente o la adopción.
Y también se regula el "acogimiento familiar permanente" que puede constituirse bien al finalizar el plazo de dos años, o en su caso la prórroga, del acogimiento temporal sin que haya tenido lugar la reintegración familiar o bien directamente en casos de menores con necesidades especiales o cuando las circunstancias del menor o su familia así lo aconsejen.
La Consejería ha detallado en un comunicado que el texto también establece una serie de cambios frente a la actual regulación en un área concreta de los acogimientos, como es el de menores con problemas graves de conducta en instalaciones específicas de la Junta de Castilla y León.
La norma adopta un marco actualizado y adecuado para la educación, la normalización de su conducta y el libre desarrollo de su personalidad, aportando un enfoque positivo y de oportunidades.
Eso sí, establece esta vía como último recurso, en los casos en los que no sea posible la intervención a través de otra medida de protección, y por el tiempo estrictamente necesario.
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