Remite un escrito al juez del caso Koldo reconociendo que confundieron los pesos colombianos, moneda utilizada en la compra, con dólares
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca estar en una mesa electoral?
La duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral
Mesa electoral de este 28M. (Foto: EFE)
Lectura estimada: 2 min.
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca ser mesa electoral? Es una de las preguntas que asalta a más de uno tras conocerse la convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Últimas noticias de esta sección
Contra todo pronóstico ha sido rechazada su creación, después de que la pasada semana recibiera el respaldo unánime en la Comisión de Sanidad
Fiel a su ADN de gran viajero, mejora el confort de sus pasajeros con nuevos asientos delanteros, nuevas tapicerías y una insonorización mejorada
Hallazgo entre la documentación contenida en un disco duro intervenido a su exasesor Koldo García
Lo más visto
Últimas noticias
Más 'luces' que el alcalde de Vigo
Mikel Merino rescata a España in extremis y deja la eliminatoria abierta para Mestalla
León cuenta con el archivo histórico provincial con más imágenes disponibles online de España
Lo que debes saber si eres alérgico al polen: llegará antes y se quedará más tiempo esta primavera
El Palacio de Canedo de 'Prada a tope', elegido Mejor Propuesta de Enoturismo en torno al Camino 2025
0 Comentarios
* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Inicia sesión o registrate para comentar