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Al menos 52 condenados se han beneficiado ya de la ley del 'sólo sí es sí' y 12 han sido excarcelados
Al menos 18 de las 52 audiencias provinciales se han pronunciado sobre la ley. De ellas, 11 han dicho que están a favor de aplicar las revisiones más favorables
El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del 'sólo sí es sí' asciende al menos a 52, entre revisiones de condena a la baja (48) y sentencias posteriores en aplicación de la norma (4). Un total de 12 personas han sido excarceladas.
La últimas rebajas han sido dictadas por la Audiencia de Cádiz, que rebaja las penas a cuatro condenados por delitos de violencia sexual al aplicar la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual por ser más favorable a los reos; y por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que rebajado de 5 años a 4 años y 6 meses la pena de cárcel para un condenado por abuso sexual a una menor.
Estas rebajas se suman a otras dos que dictó la semana pasada el Tribunal Supremo, que ha condenado a 9 años de cárcel --y no a 10-- a dos exjugadores del 'caso Arandina' al aplicar la ley del 'solo sí es sí'. Los magistrados han elevado sus penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León-- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.
Revisiones pendientes
Las fuentes consultadas aseguran que el número de casos en los que se aplican las rebajas podría verse incrementado en los próximos días ante las revisiones pendientes. Solo en Madrid cuentan con 447 causas por abusos y/o agresiones sexuales condenatorias firmes, con condenado ingresado en prisión, susceptibles de revisión. De estas causas, y de oficio, los magistrados comenzaron ya la revisión de 121. A instancia de parte, se tramita la revisión de 55.
Al menos 18 de las 52 audiencias provinciales se han pronunciado sobre la ley. 11 han dicho que están a favor de aplicar las revisiones más favorables al reo; 4 no han fijado una posición clara, apuntando a la necesidad de revisar caso a caso; y 3 han informado de que no rebajará las condenas cuando las penas que fueron impuestas puedan ser también imponibles con arreglo a la nueva ley.
El Supremo, caso a caso
En el fallo, el tribunal ha incidido en que la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual "podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda". Han matizado, sin embargo, que deberá hacerse "analizando caso por caso, y no de forma global".
Esto contrasta con el criterio marcado por la Fiscalía General para que no se modificarán penas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja "automática" de condenas.
La nueva ley ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
Entre las revisiones de sentencia y rebajas de pena, fuentes consultadas por Europa Press confirman 20 en Madrid, 6 en Galicia, 5 en Andalucía, 3 en Cantabria, 2 en Baleares, 2 en Castilla y León, 2 en el Tribunal Supremo, 2 en País Vasco, 1 en Asturias, 1 en Castilla-La Mancha, 1 en Murcia, 1 en Canarias, 1 en la Comunidad Valenciana y 1 en Extremadura.
12 de estos 48 casos han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 1 de Cantabria y 1 en la Comunidad Valenciana. Sobre las nuevas sentencias dictadas tras la reforma, constan 4 casos: 2 casos en León, 1 en Barcelona y 1 en Girona.
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