Sus procuradores han mostrado su disconformidad con unas cuentas que consideran "insuficientes" y "más de lo mismo para Soria"
Exigen la dimisión del alcalde de Medinaceli tras ratificarse la sentencia de nueve años de inhabilitación
Felipe Utrilla y Javier Fernández llevaron a cabo contrataciones del Ayuntamiento a favor de sus empresas
El Grupo Socialista de Medinaceli y el PSOE de Soria exigieron hoy al alcalde de Medinaceli, Felipe Utrilla, el cumplimiento de la sentencia que le inhabilita para el cargo de alcalde por un delito de prevaricación. Una vez que hoy se ha conocido que su recurso de apelación ha sido desestimado por el Tribunal Superior de Castilla y León y que el fallo del 21 de marzo de 2022 ha sido ratificado, los socialistas reiteran su petición por respeto a todos los vecinos de Medinaceli.
Los concejales del PSOE consideraron que la Audiencia Provincial ya dio la razón a los socialistas que fueron los que alertaron y denunciaron las prácticas de esta supuesta prevaricación, ahora recogida en la sentencia, que realizaba el alcalde Felipe Utrilla y por ello, reclaman ahora que cumpla la sentencia sin más dilación.
"El nuevo fallo, además, condena al recurrente, el actual alcalde, a asumir las costas procesales dada la desestimación total de su recurso", indicó el PSOE.
La Audiencia Provincial de Soria condenó a Felipe Utrilla Dupre y a Javier Fernández Segura como autores de un delito continuado de prevaricación a la pena de inhabilitación especial para cargo público de carácter electivo y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años para cada uno de ellos.
Ello conlleva la privación del cargo efectivo de alcalde y teniente de alcalde electo, respectivamente, que desempeñaban durante la comisión de los hechos y que siguen desempeñando en la actualidad, y de los honores que le sean anejos, con incapacidad para obtener el mismo cargo u otros análogos de procedencia electiva en cualquier administración pública, nacional, autonómica o local.
"La sentencia fue muy clara y en sus fundamentos de derecho recogía afirmaciones como que dicho Pleno no se convocó hasta nueve meses después de haber recibido personalmente el citado informe, lo que demuestra un retraso deliberado en la dación de cuenta del informe al resto de los miembros de la Corporación, y el inicio de una obstaculización palmaria".
Según la Sala, en este caso han concurrido todos y cada uno de los requisitos exigidos para la apreciación del delito de prevaricación y por ello, concluía que "estimamos que las acciones realizadas por los acusados suponen una vulneración flagrante y grosera de la legalidad vigente en materia de contratación de las administraciones públicas".
La sentencia de la Audiencia determinó que "sabiendo que estaba terminantemente prohibido por la ley, ambos ediles llevaron a cabo diversas contrataciones en nombre del Ayuntamiento de Medinaceli, con sus respectivas empresas, y sumaron contratos que superaron los 100.000 euros". Ambos se dieron de baja en marzo del PP y pasaron a gestionar los interés del municipio como alcalde y teniente de alcalde no adscritos.
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